Re: Bodas de chicos de 15 a 19 añosEscrito por J. G. (---.194.10.82) el 13.02.2007 a las 23.35.
Segun el Codigo Civil los menorers de edad pueden contraer matrimonio a partir de los 14 años de edad, previa dispensa del Tribunal de Primera Instancia, quien tiene que oir antes al menor y a sus padres.
Puesto que el Codigo Legal data de 1889, con diversas modificaciones posteriores, y lo firmó el diputado Liberal Jose Canalejas, no hay duda alguna que fue producto del "Contubernio Judeo-Masonico" de siempre. La Real Orden que lo encabeza, aunque menciona el matrimonio varias veces, no hace referencia alguna a una edad minima.
El Codigo Civil se puede consultar en la Web cortesia del Area de Derecho Civil de la Universidad de Gerona (estos catalanes!) Es una version actualizada y con una explicacion referenciada de los cambios mas reciente.
Resumiendo: el articulo es homofobico y pretende crear alarma social. :-)